El SEPE sufrió en la pandemia un déficit de financiación de 13.126 millones frente al exceso de la Seguridad Social en 23.000 millones
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Cuentas plantea que toda prestación o ayuda por desempleo, sea contributiva o no, se integre en los presupuestos de la Seguridad Social para reunificar en una única área administrativa la imputación presupuestaria de estos gastos y su pago material.
De esta forma, señala el órgano fiscalizador, se evitarían posibles disfunciones entre el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la liquidez de la Tesorería General de la Seguridad Social que, en todo caso, también podrían solventarse si las transferencias del Estado que recibe el SEPE para la cobertura de estos gastos tuvieran entrada en el circuito financiero de la Seguridad Social.
Esta es una de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas en su ‘Informe de fiscalización sobre el impacto económico producido por la crisis derivada del Covid-19 en las entidades y organismos del ámbito de la administración socio-laboral y de la Seguridad Social durante el ejercicio 2020’.
En sus recomendaciones, recogidas por Europa Press, el Tribunal justifica que la propia Ley General de la Seguridad Social, la protección social forma parte de su sistema y su pago se realiza a través del circuito financiero de su Tesorería.
FINANCIACIÓN POR 38.800 MILLONES
Según la fiscalización, la financiación recibida por estas entidades asciende a 38.802,6 millones de euros, de los que 36.502,6 millones se han recibido en la Tesorería General de la Seguridad Social y los 2.300 millones restantes en el SEPE, sin que Fogasa ni Muface recibieran financiación adicional para afrontar las ayudas.
En el caso de la Seguridad Social, la financiación recibida se materializó en dos transferencias corrientes por un total de 20.002 millones y un préstamo a diez años de 16.500 millones, mientras que la del SEPE se quedó en una transferencia corriente por 2.300 millones para cubrir sus defectos de crédito.
Una cuantía que el Tribunal considera “insuficiente”, detectando insuficiencias presupuestarias respecto a las cuales el SEPE desconoce si se deben a costes asociados a la pandemia o no, al no contar con categorías específicas para imputar estas ayudas.
En todo caso, el Tribunal señala que el SEPE recibió la liquidez asociada a esta transferencia en lugar de ser recibida en la Tesorería General de la Seguridad Social, que es el ente que ejecuta el pago material.
De todos los entes que han soportado gastos asociados a la pandemia y la crisis derivada de ella, el Tribunal estima un exceso de financiación estatal de casi 10.000 millones de euros (9.992 millones), que van desde un exceso en la Seguridad Social de 23.160 millones a un déficit de financiación de 13.126 millones en el SEPE.
LA SEGURIDAD SOCIAL ACABÓ GESTIONANDO LA FALTA DE LIQUIDEZ DEL SEPE
El Tribunal explica esta situación por cómo se organiza la imputación de gastos e ingresos y del circuito de pagos y cobros de estas entidades, previsto en dos ámbitos institucionales distintos.
Mientras que el gasto por prestaciones y subsidios y los ingresos por cotizaciones sociales se imputan presupuestariamente al SEPE –organismo autónomo del Estado y, por tanto, ajeno al sistema–, la corriente de pagos y cobros asociada a estas obligaciones y derechos se produce dentro del circuito monetario del sistema, en concreto en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Una “discordancia organizativa”, señala el Tribunal, que ha dado lugar a que las posibles tensiones de liquidez derivadas del pago de las ayudas encomendadas al SEPE para hacer frente al Covid hayan sido gestionadas por la Seguridad Social.
CENSURA UN PRÉSTAMO QUE CONTRAVIENE LA SEPARACIÓN DE FUENTES
Para ello, señala el Tribunal, se le otorgó un préstamo a diez años por 16.500 millones que, pese a que permitió cuadrar las cuentas y asegurar la cobertura de gastos, el Tribunal entiende que “no es la vía más adecuada de financiación”
Así, critica que esta fórmula “carece de racionalidad económica-financiera al no tener la misma naturaleza presupuestaria, económica y financiera que los gastos que ha financiado”. Esto, además eleva el endeudamiento frente al Estado hasta 85.351 millones en 2020, el 7,61% del PIB.
Por otro lado, advierte de que, ya que el préstamo ha de ser devuelto, las ayudas del Covid pagadas con cargo a su presupuesto lo habrán sido con recursos propios del sistema procedentes de cotizaciones sociales.
Esto contraviene el principio de separación de fuentes de financiación regulado en la propia Ley General de la Seguridad Social puesto que estas ayudas no forman parte de la acción protectora del sistema financiable con cotizaciones sociales, sino con aportaciones del Estado.
ALABA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANTE LA FALTA DE RECURSOS
Pese a que final de año la Seguridad Social contó con exceso de liquidez por operaciones de pagos y cobros, el Tribunal destaca cómo desde marzo, mes en el que estalla la pandemia, hasta octubre el servicio presentó un defecto de liquidez acumulado que alcanzó los 8.500 millones, que se fue cubriendo mes a mes por el efectivo proveniente de la financiación prevista para prestaciones contributivas.
En este sentido, el órgano fiscalizador destaca cómo la gestión de la Tesorería General de la Seguridad Social para anticiparse y estimar adecuadamente sus necesidades y su rapidez para tramitar solicitudes para la obtención de financiación adicional y la inmediatez de respuesta han evitado tensiones de liquidez.