MADRID, 11 (EUROPA PRESS)
La asesoría de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recibió 46.681 consultas y reclamaciones financieras en 2021, un número que “no deja de aumentar”, según ha afirmado a través de una nota de prensa.
Además, ha alertado de cinco quejas frecuentes de los usuarios de banca, como la “obligación” de contratar productos adicionales, la modificación de las condiciones de las cuentas, el cobro de comisiones por descubiertos, los trámites para cerrar las cuentas y los problemas con el ‘crédito revolving’.
En este sentido, la organización ha elaborado una serie de consejos y recomendaciones. En concreto, señala que la contratación de un préstamo o un depósito puede implicar un coste añadido, como es el de mantener una cuenta abierta en la entidad. “Pero el banco no podrá incrementar de forma unilateral dicha comisión si la cuenta vinculada se abrió y se usa solo para la gestión del producto”, afirma.
Asimismo, indica que el impago de una cuota de un préstamo o ‘quedarse en números rojos’ suele implicar una comisión por reclamación por posiciones deudoras. Ahora bien, recuerda que, según el Banco de España, su cobro solo procede si la entidad ha llevado a cabo una gestión individualizada –teniendo en cuenta las circunstancias de cada cliente– y es acorde al coste soportado por la entidad. “No podrá aplicarse de manera automática ante cualquier deuda. Por tanto, no basta con remitir una carta generada por ordenador”, recalca la OCU.
También destaca que el banco está obligado a facilitar “de forma gratuita” la emisión de certificados de posiciones de las cuentas de un cliente fallecido, al tiempo que recuerda que el cobro por un servicio de asesoramiento “solo podrá aplicarse si el cliente lo solicitó de forma explícita”.
Asimismo, señala que las normas de servicios de pago indican que los usuarios pueden cancelar el contrato en cualquier momento “y sin preaviso”, y no especifica que deba hacerse por unas vías concretas, “ni siquiera en la sucursal en la que la cuenta se abrió, tal y como exigen algunas entidades, salvo que se indique en el contrato”.
Por último, recuerda que aquellos que contratasen un crédito ‘revolving’ con su tarjeta de crédito antes de marzo de 2020 han podido verse afectados por “intereses abusivos”. “Aunque los bancos los rebajaron a partir de entonces, el cliente puede reclamar los cobrados antes”, añade la OCU al respecto.
Ante cualquiera de estas situaciones, la organización recomienda revisar las condiciones de los productos contratados, estar atento a las comunicaciones que remite el banco y, en el caso de que la entidad haya actuado de manera incorrecta, presentar una reclamación ante el servicio de atención al cliente.
En caso de que la respuesta no sea favorable al consumidor, recuerda la posibilidad de presentar una reclamación ante el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España.