Los jugadores de plataformas de apuestas deberán fijar una cantidad máxima a apostar y un tiempo de juego
MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
El borrador del decreto que regula el desarrollo de entornos más seguros de juego prohibirá el uso de tarjetas de crédito a jugadores “intensivos” y aquellos que tengan comportamientos “de riesgo” y prevé que los jugadores de plataformas de apuestas y otros juegos tengan que establecer la cantidad máxima a apostar y fijar un tiempo máximo de juego.
Una vez que el jugador haya agotado el tiempo o la cantidad máxima a minorar de su cuenta durante la sesión de juego, esta finalizaráautomáticamente, produciéndose la desconexión de la plataforma una vez finalice la partida. Y, en el caso de las apuestas, una vez que se configure la cantidad máxima a apostar correspondiente a la sesión diaria de juego, el participante no podrá modificar los valores asignados hasta que transcurran 24 horas desde esa configuración.
El objetivo de estas medidas que prevé el decreto, al que ha tenido acceso Europa Press y cuyo periodo de exposición pública acaba de finalizar, es desarrollar un marco de protección para aquellos participantes, cualquiera que sea su edad, con posibilidad de desarrollar comportamientos de riesgo en su actividad de juego, o bien de aquellos otros colectivos que ya hayan desarrollado tales comportamientos.
En el texto, que deberá pasar a la Comisión Europea y al Consejo de Estado una vez que se estudian la treintena de alegaciones presentadas, distingue entre los jugadores que no tiene comportamientos de riesgo y los que denomina “intensivos”, en alusión a los que hayan sobrepasado el cincuenta por ciento del límite de depósito diario (600 euros) o semanal (1.500 euros) al menos en tres periodos consecutivos de tiempo.
En aquellos casos en que los jugadores sean participantes jóvenes, el límite de referencia será del veinticinco por ciento en dos periodos consecutivos de tiempo. Asimismo, los jóvenes pasan a ser intensivos si se han gastado 150 euros dos días seguidos o 375 euros durante dos semanas seguidas.
Asimismo, el borrador hace referencia jugadores autoprohibidos que se prohíben la participación en el juego y a los autoexcluidos que restringen el acceso a su cuenta. Finalmente, el decreto hace alusión a cliente privilegiado, que se trataría de aquella persona que es objeto de programas de atención especializados por el operador.
MEDIDAS DE CONTROL
Como medidas de control, todos los operadores tienen que designar a una persona responsable de juego seguro, diseñar un plan de medidas activas y cumplir las obligaciones de formación. Así, entre los mecanismos de prevención previstos, se regulan los límites para la inclusión de los jugadores en los programas de clientes privilegiados y se prohíbe la inclusión de jóvenes en estos programas, las configuraciones previas de las sesiones de juego en tiempo y cantidad de dinero máximo a gastar y el resumen de la actividad de juego, test de autoevaluación y evaluación de los riesgos de cada juego.
También se establecen mecanismos para la prevención para jugadores intensivos y para los jóvenes, como la obligatoriedad de incluir mensajes alertando de esta condición, prohibición del uso de tarjetas de crédito a los jugadores intensivos y prohibición de regalos, contraprestaciones o prebendas a participantes jóvenes.
Para los participantes incursos en comportamientos de juego de riesgo, se deberá informar al jugador se su condición con solicitud de acuse de recibo. Si no se recibe respuesta del jugador en 48 horas, el operador suspenderá la relación de juego con el participante, impidiéndole participar en actividades de juego, hasta que se produzca.
Igualmente, tampoco podrán recibir ninguna clase de actividad promocional ni ofrecerles a estos participantes ningún tipo de regalo, prebenda o contraprestación ajenas a la actividad de juego. Los operadores deberán excluir a las personas usuarias en riesgo de cualquier programa o plan de atención especializado que conlleve la inclusión de estos jugadores en una lista de clientes privilegiados
Asimismo, las plataformas deberán tener procedimientos internos que permitan verificar si los ingresos corrientes de las personas incursas en comportamientos de riesgo son compatibles con el nivel de gasto mantenido en su relación con el operador.
Finalmente, en el caso de los jugadores autoprohibidos o autoexcluidos, se preverá la suspensión de cuentas de juego, restricciones a las comunicaciones comerciales y se prevé la obligación de enviar un mensaje específico para personas que hubieran estado inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.
Los operadores deberán también desarrollar procedimientos internos destinados específicamente al seguimiento y detección de posibles intentos de sus jugadores inscritos en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de volver a jugar suplantando la identidad de otro jugador.
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor del decreto, la autoridad reguladora desarrollará un mecanismo de detección de comportamientos de riesgo que será utilizado por todos los operadores en los términos que determine dicha autoridad. No obstante, el Ministerio que dirige Alberto Garzón está estudiando rebajar este plazo a seis meses.