BRUSELAS, 24 (EUROPA PRESS)
El Tribunal General de la Unión Europea ha dado este miércoles la razón al extenista francés Yannick Noah respecto a su marca de ropa, que comercializa polos y jerséis, y mantendrá el registro de marca después de desestimarse el recurso de otra marca estadounidense.
En 2019, Noah Clothing LLC presentó una solicitud de caducidad contra NOAH, la marca del extenista, al entender que la marca no había sido objeto de un uso efectivo en la UE durante un período ininterrumpido de cinco años respecto de todos los productos de que se trata, ya que incluía polos y jerséis, pero también productos derivados del cuero, juegos y juguetes.
En 2022 la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) declaró la caducidad de la marca del deportista salvo para la venta de polos y jerséis, decisión que la empresa estadounidense recurrió, pues comercializa prendas de vestir.
En su fallo de este miércoles, el Tribunal General rechaza el recurso alegando que la marca del extenista francés se utilizó para comercializar chalecos de punto, un uso ligeramente diferente al declarado pero que “no supone que esa utilización no sea pertinente para determinar si se ha realizado un uso efectivo”. Entiende el tribunal que las prendas, al igual que los jerséis están destinadas a cubrir una parte del cuerpo por lo que se puede calificar como tal en el registro.
Asegura que ha contado con una comercialización “relativamente constante” durante el período pertinente, entendiendo que tiene una estrategia de marketing consistente en una edición limitada de prendas de vestir.
Sobre la imagen de la marca NOAH, que incluye finalmente la inicial Y seguida de un punto, la justicia europea afirma que “no altera el carácter distintivo inicial” y equivale globalmente a su versión registrada. De esta forma, el ganador de Roland Garros en 1983 mantendrá su marca registrada en la UE para la venta de prendas de ropa.