Para convertir deuda en acciones
MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
La junta general de accionistas de Urbas ha aprobado una ampliación de capital por un importe nominal máximo de 34,3 millones de euros, más una prima de emisión todavía por determinar, según ha informado la empresa de infraestructuras y desarrollo inmobiliario a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Se trata de una ampliación a llevar a cabo durante los siguientes 12 meses a su aprobación mediante una compensación de créditos, por lo que no concurrirá el derecho de suscripción preferente, al ser una modalidad distinta a la aportación dineraria.
Se delegará en el consejo de administración la facultad de fijar el tipo de emisión según las bases fijadas, que se corresponderá con el valor medio ponderado de cotización de las acciones de Urbas en el mercado oficial en las 20 sesiones bursátiles anteriores a su fecha de emisión, con un mínimo de 0,015 euros por acción, a razón de 0,010 euros de valor nominal por acción nueva, con una prima de emisión de 0,005 euros por acción.
El objetivo de la operación es transformar la deuda que la sociedad mantiene con ciertos acreedores, con el objetivo de consolidar y reforzar la estructura de su balance y mejorar las ratios financieras, así como la cancelación del pasivo no bancario.
Los accionistas también han dado su visto bueno al nombramiento del actual presidente y consejero delegado, Juan Antonio Acedo, como nuevo miembro del consejo con carácter de ejecutivo, toda vez que ha vencido la vigencia de su cargo por medio de Quantium Venture.
Asimismo, han reelegido y nombrado a Pablo Cobo y Adolfo José Guerrero como miembros del consejo de administración con carácter ejecutivo. Los tres figuran en la lista de créditos a compensar en la ampliación de capital, en este caso por la remuneración de 2021.
Los mayores créditos, no obstante, pertenecen a las firmas Goya Debtco y Vogager Investing, en torno a 13 millones de euros cada una, por la compra de participaciones en Sainsol en el caso de la primera y por colas hipotecarias en el segundo caso.