MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Albia Gestión de Servicios y a Funespaña por haber incumplido el deber de notificación de tres operaciones de concentración antes de ejecutarlas, según ha comunicado este viernes.
En concreto, la CNMC ha impuesto dos multas (250.000 euros y 25.000 euros) a Albia, filial del grupo Santa Lucía, por no haber notificado las operaciones de adquisición del control exclusivo de las funerarias Funeraria Tanatorio La Paz y Tanatorio de Marín, respectivamente.
Asimismo, el supervisor ha sancionado con 110.000 euros a Funespaña, filial del grupo Mapfre, por no haber notificado la adquisición del control conjunto de Funeraria San Vicente.
Según recuerda la CNMC, el incumplimiento del deber de notificación previa en este tipo de adquisiciones, conocido en la jerga de competencia como ‘gun jumping’, constituye una infracción grave prevista en el artículo 62.3.b) de la Ley de Defensa de la Competencia.
La CNMC requirió de oficio a Albia la notificación de las adquisiciones del control exclusivo de Funeraria Tanatorio La Paz y Tanatorio de Marín el 10 y el 13 de diciembre de 2021, respectivamente, y a Funespaña la adquisición del control conjunto de Funeraria San Vicente el 10 de diciembre de 2021.
En el momento de su ejecución, estas operaciones superaban el umbral de cuota de mercado que establece la ley para que las empresas notifiquen una operación de este tipo.
La CNMC considera que Albia y Funespaña actuaron de forme “negligente”” al no tener en cuenta los precedentes existentes sobre la definición del mercado geográfico de los servicios funerarios, especialmente los servicios de tanatorio, y haber omitido en su análisis “una posibilidad tan ineludible como la consideración del municipio como mercado de referencia”, donde las concentraciones analizadas superaban el umbral de cuota de mercado.
Además, la CNMC señala que dichas empresas podrían haber acudido a los mecanismos voluntarios previos a la notificación para aquellos casos en los que existen serias dudas sobre si la concentración rebasa o no los umbrales de notificación fijados en la ley.
Por todo ello, la CNMC ha decidido imponer las citadas sanciones a Albia y a Funespaña.