MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Hacienda ha aclarado en el Congreso que no puede excluir de la contratación pública a las empresas de la construcción sancionadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) gasta que la resolución sea firme.
Así lo explicita en una respuesta parlamentaria, recogida por Europa Press, a la portavoz económica de Ciudadanos, María Muñoz, que el pasado julio planteó al Gobierno si pensaba aplicar la prohibición de contratar prevista en la Ley de contratos del sector público para este tipo de infracciones.
Todo ello un día después de informar la CNMC de la imposición de multas por un total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas –Acciona, Dragados (Grupo ACS), FCC, Ferrovial, OHL y Sacyr– por alterar durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras.
En su resolución, el supervisor determinó la prohibición a estas empresas de contratar con la Administración. Sin embargo, el Ejecutivo en su respuesta indica que la aplicación de esta prohibición procederá en los términos previstos en la Ley de Contratos y de acuerdo con la jurisprudencia reciente, “de tal modo que es imprescindible esperar a que las resoluciones sean firmes”.
SANCIONES POR MÁS DE 200 MILLONES
Las compañías y sanciones impuestas por Competencia el pasado julio son Acciona (29,4 millones), Dragados (57,1 millones), FCC (40,4 millones), Ferrovial (38,5 millones), OHL (21,5 millones) y Sacyr (16,7 millones).
Según el supervisor, estas seis compañías se reunían semanalmente desde 1992 y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas. Además, intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos. Estas licitaciones afectaban a infraestructuras de interés general como hospitales, puertos y aeropuertos y carreteras.
Entre las administraciones públicas afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes.
‘MODUS OPERANDI’
El ‘modus operandi’ de las sancionadas consistía en reuniones semanales, que iniciaron en 1992, para analizar las licitaciones de obra pública publicadas, decidir los concursos que iban a compartir, encargar conjuntamente trabajos a empresas externas, e intercambiar información comercial sensible. Por ejemplo, su intención de concurrir o no a licitaciones, o la intención de formar UTEs (Unión Temporal de Empresas) y los miembros que las integrarían.
Las empresas no podían modificar los trabajos generados en conjunto para presentarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros del grupo. La única personalización admitida era la inclusión de logos y denominaciones de cada empresa en el documento conjunto “para dar a las administraciones una apariencia de independencia en la presentación de las ofertas”, según relató la CNMC.
El organismo señala que las empresas disolvieron el grupo en el año 2017 y manifestaron expresamente que estos acuerdos podían ser contrarios a las normas de Defensa de la Competencia.