MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ha publicado un estudio del profesor Miguel Ángel García sobre el Real Decreto-ley de incentivos a la contratación en el que califica de “excesivo” que las empresas tengan que mantener el empleo tres años para beneficiarse de las bonificaciones establecidas en la norma.
Así, para García, este plazo de tres años “podría limitar la efectividad de las ayudas” si algunas empresas dejan de pedirlas ante el temor de tener que devolverlas en caso de despidos imprevistos.
“El plazo mínimo marcado podría conseguir en la práctica un objetivo contrario al perseguido, desincentivando la utilización de estas ayudas por parte de las empresas y dificultando por tanto la creación de empleo”, advierte.
En este sentido, García ha señalado como plazo de referencia, el periodo de dos años que se establece en la propuesta de la Comisión Europea dentro del Programa FSE+ dirigido a las comunidades autónomas.
Según este experto de Fedea, aunque la norma realiza un “loable” ejercicio de ordenación de los incentivos a la contratación, su “compleja estructura” dificulta el análisis de los distintos tipos de medidas que se contemplan.
A su juicio, el decreto de incentivos adolece de una “excesiva rigidez” en los distintos programas, pues no contempla, por ejemplo, la posibilidad de introducir diferencias entre los distintos momentos del ciclo económico (recesión y expansión), “un planteamiento que se demostró muy útil durante la pandemia”.
“Habría sido aconsejable introducir la posibilidad de modular los incentivos según las circunstancias, ampliándolos en recesiones u otros momentos de crisis”, defiende.
Asimismo, García advierte de que “la cerrada relación de posibles incentivos” está acompañada de cuantías fijas en términos nominales, lo que “dificultará su actualización o su adaptación a las circunstancias”. También reprocha al Gobierno que no explique en la norma los motivos para elegir esas cuantías y no otras.
El profesor García señala que la norma es coherente con el objetivo de la reforma laboral de fomentar la estabilidad en el empleo, pues limita el uso de los incentivos a la contratación indefinida.
“La posible introducción posterior de cualquier excepción no justificada adecuadamente desvirtuaría el espíritu de la norma y abriría la demanda de igual trato a cualquier colectivo, limitando el cumplimiento con el pretendido objetivo del legislador de ordenar estas políticas en la dirección de fomentar sólo la contratación indefinida”, avisa al respecto.
MENOS MARGEN PARA PROGRAMAS AUTONÓMICOS ESPECÍFICOS
Al mismo tiempo, el experto de Fedea subraya que, al establecerse límites en la forma de aplicar las subvenciones a la contratación, se reduce el margen del que actualmente disponen las comunidades autónomas para desarrollar programas específicos adaptados a sus características y circunstancias económicas.
“Tal rigidez tiene mal encaje con la elevada descentralización de nuestro modelo de Estado y limita innecesariamente los instrumentos de las comunidades autónomas para mejorar sus niveles de empleo y renta”, avisa.
Adicionalmente, García tiene dudas sobre la capacidad de las comunidades autónomas de cumplir con sus obligaciones de gestión y control cuando los programas vienen definidos desde la Administración General del Estado, “sin haber contado con su participación en el diseño”.
El profesor García, que considera que la regulación de los incentivos a la contratación tendría que haberse incluido en la Ley de Empleo, pide mejorar las ayudas a las personas con discapacidades superiores al 33% para aumentar su participación en los programas desarrollados en los Centros Especiales de Empleo.
Aunque valora positivamente la inclusión en la norma de la obligación de evaluar las políticas de incentivos al empleo, considera que habría sido deseable asignar esta tarea a agentes externos al Sistema Nacional de Empleo, “posiblemente mediante la creación de un grupo de especialistas cuantitativos con acceso a todos los datos necesarios para realizar la correspondiente evaluación”.