Calcula que el aumento en un año de la edad efectiva de retiro apenas disminuye el gasto en un 0,02% del PIB
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ha elaborado un trabajo en el que concluye que las medidas incluidas en la reforma de pensiones para desincentivar la jubilación anticipada e impulsar el retraso en el retiro del mercado laboral ha sido “efectiva” para conseguir estos objetivos y acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal, pero no lo ha sido necesariamente” para limitar el gasto en pensiones.
El estudio publicado este lunes por Fedea ha sido elaborado por un grupo de autores de las Universidades de Valencia y Extremadura, integrados en el Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social de Fedea, y se sirve de la Muestra Continua de Vidas Laborales de 2022 para ofrecer una primera exploración de los efectos sobre la edad efectiva de jubilación y sobre el gasto en pensiones de las medidas de la modificación de las penalizaciones por jubilación anticipada y las bonificaciones por demora de la jubilación introducidas en la última reforma de pensiones.
Aunque la edad efectiva de jubilación ha subido desde los 64,83 años de 2022 a 65,07 años hasta marzo de 2024, su impacto en el gasto en pensiones es “muy modesto”, del 0,02% del PIB a largo plazo en caso de aumento de un año de la edad efectiva de jubilación sin incremento de la edad legal.
Mediante una metodología basada en el cálculo actuarial, Fedea señala que en el caso de que ese retraso de la edad efectiva implique una subida del PIB, que Fedea estima en un incremento del 2,2% en 2050, el ahorro del gasto en pensiones pasaría a ser de 0,22 puntos del PIB. En todo caso, Fedea señala que se trata de un ahorro “poco importante y muy por debajo” de las estimaciones del propio Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (-0,95% del PIB) y de la AIReF (-1% del PIB).
De hecho, Fedea subraya que los resultados del Ministerio y de la AiREF son los más optimistas y los suyos, los más pesimistas, mientras que el Banco de España se encuentra en un escalón intermedio, valorando el efecto de aumentar en un año la edad efectiva de jubilación en un ahorro de 0,31 puntos del PIB.
Según Fedea, sus cálculos son los únicos que dan cierto protagonismo al efecto de la jubilación anticipada (mayor gasto si aumenta la edad efectiva), pues el resto de instituciones asumen que su efecto es nulo a largo plazo.
También se explicarían las diferencias entre unos y otros por el diferente porcentaje de gasto en pensiones que se considera afectado por el repunte de la edad efectiva de jubilación.
LA REFORMA SÍ HA SIDO EFECTIVA PARA REDUCIR LA JUBILACIÓN ANTICIPADA
En lo que sí ha sido efectiva la reforma es en reducir las jubilaciones anticipadas y en fomentar las demoradas, lo que ha conducido a su vez a un aumento de la edad efectiva de jubilación, que era el objetivo de estas medidas.
Para ello, la reforma de pensiones de 2021 cambió los coeficientes reductores por jubilación anticipada voluntaria, aumentando unos y disminuyendo otros respecto a los de la legislación previa, al tiempo que elevó la bonificación por demorar la jubilación más allá de la edad legal para los que tenían menos años cotizados.
En el caso de los coeficientes reductores, se pasó a coeficientes mensuales frente a los trimestrales de la legislación anterior. Sin embargo, Fedea apunta que dichos coeficientes reductores no se basaron en cálculos actuariales y sobrepenalizaron los dos extremos del periodo de anticipación permitido, esto es entre 1 y 3 meses de anticipación y entre 21 y 24 meses de anticipación, al tiempo que infrapenalizaron la parte intermedia, entre 9 y 18 meses aproximadamente, dependiendo todo ello de los años cotizados.
En el caso de las bonificaciones por demorar la jubilación se mantuvo su carácter anual y se elevaron al 4% por año de demora, independientemente del periodo cotizado, “por debajo de lo actuarialmente justo, pero por encima de la bonificación de la legislación anterior, en la que el 4% sólo se aplicaba para carreras laborales de más de 37 años”, señala Fedea. La reforma dio además la posibilidad de sustituir la bonificación del 4% por un cheque único en el momento de la jubilación.
Antes de la reforma de pensiones, de 2012 a 2021, la edad legal de jubilación aumentó un año mientras que la edad efectiva lo hizo en menos de 10 meses por la disminución de la jubilación anticipada y el aumento de la jubilación a la edad ordinaria, sin cambios relevantes en la jubilación demorada.
A partir de 2022, con la entrada en vigor de la reforma de pensiones, la edad efectiva de jubilación aumentó en 2022 y 2023 ligeramente por encima de la edad legal (4 meses), el porcentaje de jubilaciones anticipadas ha disminuido tanto como en los 6 años anteriores y, a diferencia de los años previos, la jubilación demorada sí que ha experimentado un incremento importante, del 4,8% en 2021 al 8,1% en 2023.
“Atribuir por completo todos estos cambios a los efectos de la Ley puede que no sea del todo correcto, es decir, puede haber cambios socioeconómicos que también hayan favorecido el aumento en la edad efectiva, pero parece bastante consistente, a la vista de los datos, que la ley ha supuesto un acercamiento de la edad efectiva a la edad legal de jubilación, cumpliéndose el objetivo que se perseguía, si bien esto no confirma que, necesariamente, genere una importante disminución del gasto”, afirma Fedea.
BAJAN LAS JUBILACIONES ANTICIPADAS
Entrando algo más en el detalle de los resultados del informe, Fedea Fedea observa una disminución del porcentaje total de jubilaciones anticipadas voluntarias con coeficientes reductores desde el del 26,8% de 2021 al 24% de 2022. Ello se debe, según el estudio, a la “drástica” disminución de las jubilaciones anticipadas entre 22 y 24 meses de anticipación por el aumento de las penalizaciones en este tramo, que han pasado en algunos casos del 16% al 21% y en media del 14,3% al 15,1%. Además, el tiempo medio de anticipación ha sido inferior en un trimestre.
Fedea subraya que estos cambios se han traducido en un incremento de la cuantía de la pensión media al aplicar penalizaciones medias menores, del 11,1% en 2021 al 8,2% en 2022.
Al mismo tiempo, de 2021 a 2022, con la reforma ya en vigor, se registra un aumento moderado del porcentaje de jubilaciones demoradas sobre el total de altas iniciales, del 6% al 6,3%.
Según Fedea, el aumento en los años medios de demora también ha sido muy bajo (de 2,8 a 2,9). No obstante, Fedea apunta que si todas las personas hubieran optado por incrementar su pensión un 4% por año de demora, la cuantía media de las demoradas se hubiera incrementado un 11% en 2022 frente al 8,5% en 2021.
En todo caso, asegura que la posibilidad de sustituir ese 4% por el cheque único, opción que ha sido utilizada por el 28,1% de las jubilaciones demoradas, ha hecho descender el porcentaje adicional medio al 7,9%, ya que el cheque se cobra de una sola vez y no afecta a la cuantía de la pensión.
“En definitiva, la ley también ha sido moderadamente efectiva en cuanto al aumento de la edad efectiva de jubilación por lo que respecta a la jubilación demorada y su efecto se ha debido más al aumento del porcentaje de jubilaciones demoradas que al aumento de los años medios de demora”, concluye.
Respecto a la elección entre cheque único y el porcentaje adicional del 4% por cada año de demora, Fedea indica que el cheque se elige en uno de cada tres casos en los que es conveniente esta alternativa y en uno de cada cuatro casos en los que es mejor el 4% anual. De los que eligen el 4% adicional, algo menos de uno de cada cinco se equivoca, mientras que casi seis de cada siete acierta en la elección. En total, se elige la mejor opción desde un punto de vista actuarial en el 64,4% de los casos.