BRUSELAS, 24 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que los Estados miembros pueden imponer sanciones a los negocios que vendan tabaco a menores de edad, como multas económicas o la suspensión de su licencia durante quince días.
En su sentencia, la Justicia europea ha estimado que el interés por proteger la salud humana prevalece sobre el derecho del empresario a vender productos de tabaco y ha considerado que el sistema de sanciones es “adecuado” para proteger la salud y reducir el tabaquismo.
El caso viene a raíz de un recurso interpuesto por un negocio de venta de tabaco en Italia contra la Agencia de Aduanas del mismo país, que le impuso una multa de 1.000 euros y la suspensión de licencia de actividad durante quince días por vender tabaco a un menor de edad.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia ha estimado que la suspensión de licencia de un estanco durante un periodo de tiempo limitado cuando infringe por primera vez la prohibición de vender tabaco a menores “no atenta” contra el derecho del negocio a ejercer su actividad empresarial.
La Justicia europea ha concedido que el sistema de sanciones aplicados en este caso “no excede” los límites de lo necesario para alcanzar el objetivo de proteger la salud humana y, especialmente, el predominio del tabaquismo entre los jóvenes.
El Tribunal de Justicia europeo ha señalado que las sanciones que se apliquen son competencia de los Estados miembros, si bien deben inscribirse dentro del Derecho de la Unión y seguir los principios de proporcionalidad, es decir, que la gravedad de las sanciones deberán corresponderse con la gravedad de la infracción.