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| 8 enero 2025 |

El Gobierno aprueba hoy la Ley de ‘riders’, que obliga a las plataformas a contratar a estos empleados

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El Gobierno tiene previsto aprobar este martes en el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales, conocida como Ley de ‘riders’, por la que se obligará a contratar a estos trabajadores en un plazo máximo de tres meses.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme alcanzaron un acuerdo el pasado mes de marzo para regular la situación laboral de los trabajadores que reparten o distribuyen cualquier producto a través de plataformas digitales.

En el texto acordado se reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

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Además, el acuerdo, que se circunscribe al colectivo de repartidores, contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.

En concreto, el texto dice que se recogerá en el Estatuto de los Trabajadores que las empresas deberán informar de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.

El texto del acuerdo señala que el Real Decreto-Ley que recoge la norma entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El pasado mes de septiembre, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo declaró que la relación existente entre un repartidor, ‘rider’, y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral, por lo que rechazó elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

REPARTIDORES CONVOCAN MANIFESTACIONES PARA HOY

Coincidiendo con la aprobación de la ley de ‘riders’ en el Consejo de Ministros, las organizaciones Repartidores Unidos y APRA han convocado manifestaciones para este martes en nueve ciudades españolas al entender que esta medida supone un “paso más hacia el precipicio que supone dejar a más de 15.000 repartidores sin empleo”.

Ambas asociaciones han hecho un llamamiento a los diputados del Congreso para que voten en contra de la norma. “Necesitamos su NO a la Ley Rider. Esta ley no puede ser un Decreto sin participación de nadie”, han subrayado.

Las manifestaciones tendrán lugar a partir de las 11.00 horas en Barcelona, Madrid, Valencia, Alicante, Las Palmas de Gran Canaria, Oviedo, Gijón, Málaga y Palma de Mallorca.

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