MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
El Congreso de los Diputados ha convalidado con una amplia mayoría el acuerdo pactado entre el Gobierno y la banca para aliviar la carga hipotecaria de más de un millón de familias vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad por la subida del Euríbor.
En concreto, el Real Decreto-ley ha sido aprobado por 289 votos a favor, ninguno en contra y 60 abstenciones. El decreto ley fue aprobado el pasado 22 de noviembre por el Consejo de Ministros y ya está en vigor, pero conforme a la Constitución debía ser debatido en el Congreso para decidir si lo convalida o lo deroga.
Durante su intervención esta mañana, la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha calificado de “muy buena noticia” el respaldo mostrado por los diputados durante las comparecencias previas a la votación.
“Hoy el Congreso está haciendo verdaderamente su función convalidando el real decreto ley que beneficia a las familias y ciudadanos españoles”, ha destacado la vicepresidenta primera en declaraciones a los medios de comunicación en el Congreso de los Diputados, tras defender en el Pleno este paquete de medidas.
Calviño ha esgrimido que, con estas medidas, se pretende anticipar el impacto negativo que la subida rápida de los tipos de interés pueda tener sobre las familias españolas, sobre todo por la revisión de los créditos en la primera parte del año próximo.
EL GOBIERNO QUIERE ALIVIAR LA CARGA HIPOTECARIA
El decreto tiene el objeto de aliviar la carga hipotecaria de más de un millón de familias vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad por la subida del Euríbor. Se trata de un paquete fruto de la negociación entre el Gobierno, las patronales bancarias (AEB, CECA y UNACC) y el Banco de España.
Para los deudores hipotecarios vulnerables (con rentas inferiores a 25.200 euros al año, tres veces el IPREM) se amplía y refuerza el Código de Buenas Prácticas aprobado en 2012, de forma que podrán reestructurar el préstamo hipotecario con una rebaja del tipo de interés durante el periodo de 5 años de carencia (hasta Euríbor -0,10% desde el Euríbor +0,25 actual).
Asimismo, se amplía a dos años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda, se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario y se amplía de seis a doce meses el plazo para poder solicitar el alquiler social.
Los hogares con renta inferior a 25.200 euros al año que dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca pero que no cumplan el criterio actual del incremento de un 50% del esfuerzo hipotecario podrán acogerse al Código con una carencia de dos años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de la hipoteca en hasta 7 años.
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS
Por otro lado, se incluye un nuevo Código de Buenas Prácticas cuya vigencia es de dos años y que tiene por objetivo el dar alivio a los deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad por el incremento de la cuota hipotecaria, facilitando a las familias una adaptación más gradual al nuevo entorno de tipos de interés.
Podrán beneficiarse de estas medidas los hogares con renta inferior a 29.400 euros anuales (tres veces y media el IPREM) e hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022 que tengan una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido, al menos, un 20%.
Las entidades financieras deberán ofrecer a todos estos casos la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado y un alargamiento del plazo del préstamo hasta 7 años.
Con el objetivo de incentivar las hipotecas a tipo fijo, se aprobó también la eliminación total de las comisiones para facilitar el cambio de tipo variable a tipo fijo durante el año 2023. Para préstamos a tipo variable, se eliminan también las comisiones por amortización anticipada durante el año que viene. Después, se reducirá de forma permanente el coste de convertir una hipoteca a tipo variable a una a tipo fijo, del 0,15% al 0,05%.
Los dos Códigos de Buenas Prácticas son de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras, que están obligadas a cumplirlos una vez suscritos. En caso de transmisión del crédito a un tercero, las entidades bancarias deberán garantizar la protección de este catálogo de medidas en caso de transmisión del crédito a un tercero.