Analizamos junto con Luis del Amo, Secretario Técnico del REAF del Consejo General de Economistas, el nuevo valor de referencia inmobiliario.
-2022 HA TRAÍDO consigo la entrada en vigor del nuevo valor de referencia catastral con el que Hacienda gravará la venta de viviendas de segunda mano y que también empleará para determinar la base imponible de otros tributos, como el de sucesiones o el de patrimonio. ¿Qué supone este valor de referencia y en la práctica, a quién beneficia, supone una subida de impuestos implícita?
-Hay que diferenciar que no es lo mismo el valor de referencia catastral, que el Valor Catastral, que este último sí está protegido.
-El valor de referencia se va a revisar cada año, dependiendo de las operaciones registradas en la zona. Sobre ese valor de referencia, Hacienda aplica un coeficiente de minoración del 0,9, que en la práctica supone una reducción del 10%. El objetivo de esta rebaja es que el valor de referencia esté por debajo del de mercado. ¿Cómo se determina? ¿Cómo se sabe qué valor tiene la vivienda para el fisco y qué implicaciones tiene esta cifra a la hora de liquidar impuesto?
-¿Qué pasa si el contribuyente no está de acuerdo? Porque puede recurrirlo… (Hasta ahora el contribuyente presentaba la escritura y era la Administración quien cotejaba la información)
- El Valor de referencia, por ley, tiene que ser inferior al mercado. ¿Qué pasa si el valor de compraventa es superior al del mercado?
-A la hora de introducir este valor de referencia, se planteaba la necesidad de reducir el número de litigios, -como los que provocaba la aplicación de tablas de valores para liquidar impuestos como los de sucesiones o transmisiones patrimoniales-,sin embargo, no parece que la situación vaya a mejorar
-El impacto de este valor de referencia también afectar al impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto implica que Hacienda cobrará estos tributos sobre la valoración del inmueble que resulte más elevada, bien la de referencia o la escriturada… y después hay que pagar el de Patrimonio
-Hacienda ha señalado que este valor de referencia, en Transmisiones Patrimoniales solo a partir de 2022
El Gobierno aprobará previsiblemente la Ley por el Derecho a la Vivienda, la semana próxima. La normativa que permite a las comunidades autónomas limitar el precio del alquiler en las zonas tensionadas a las empresas propietarias de más de diez viviendas, verá la luz. ¿Qué le parece, qué impacto puede tener?
España es el tercer país de la Unión Europea en el que más ha caído el número de propietarios en 10 años, aunque sigue siendo un país en el que la compra es la primera opción de los ciudadanos. En concreto, el porcentaje de propietarios de vivienda en este país bajó del 79,8% en 2010 al 75,1% de la población en 2020. Es una caída de 4,7 puntos porcentuales en 10 años, según datos de Eurostat.