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| 26 diciembre 2024 |

Aprobado el proyecto de ley para crear la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero

El ministro Carlos Cuerpo espera que esté en vigor antes del fin de 2024

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha dado el ‘visto bueno’ al proyecto de ley para crear la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero con el texto que se paralizó en el Congreso en julio por la convocatoria anticipada de elecciones, según ha explicado el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, en la rueda de prensa posterior al consejo.

Se trata del paso necesario para que el proyecto pase al Congreso de los Diputados y dé comienzo su tramitación parlamentaria. Cuerpo, que cree que la ley podría estar en vigor antes de que finalice 2024, ha recordado que se trata de un proyecto que decayó justo antes de su adopción final, pero que fue aprobado por el Congreso de los Diputados. “Es precisamente ese texto, el que salió del Congreso, el que recogemos, esperando que pueda aprobarse de una manera rápida”.

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“Es un proyecto de especial relevancia y al que le hemos venido dando mucha prioridad, tanto desde el ministerio como desde el Gobierno, en estos primeros meses con el fin de cerrar esta red de protección de los clientes financieros, de los consumidores, de las entidades financieras”, ha explicado.

Cuerpo ha señalado que esta nueva autoridad integrará las funciones de los servicios de reclamación del Banco de España, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Así, los clientes podrán dirigirse al nuevo organismo de forma gratuita y tendrán una respuesta con “agilidad”, en un plazo máximo de 90 días.

FUNCIONAMIENTO

Podrán presentar reclamaciones ante la autoridad las personas físicas o jurídicas clientes de servicios financieros por posibles incumplimientos de normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, así como por abusividad de cláusulas declaradas como tales por el Tribunal Supremo o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), o en su caso, hayan sido inscritas con tal carácter en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación.

El texto señala que las resoluciones se dictarán en un plazo en no más de 90 días naturales y tendrán carácter vinculante para las entidades financieras cuando las reclamaciones estén relacionadas con la normativa de conducta y protección a la clientela, o con cláusulas abusivas declaradas como tales y de una cuantía inferior a 20.000 euros.

Cuando las resoluciones no sean vinculantes, estas tendrán valor de informe pericial si se deciden aportar en un procedimiento judicial en defensa de sus intereses.

Por otro lado, Economía destaca que el incumplimiento de las resoluciones vinculantes de la autoridad, así como el cumplimiento tardío o defectuoso, podrá ser objeto de sanción por parte de la autoridad.

La nueva autoridad se financiará con el pago de una tasa que abonarán las entidades financieras y que será variable en función del número de reclamaciones de cada entidad y de las resueltas a favor de los clientes, de tal manera que se ha eliminado la tasa considerada anteriormente de 250 euros por cada reclamación tramitada.

Asimismo, se atribuye el conocimiento de los recursos judiciales que se puedan interponer contra las resoluciones vinculantes de la autoridad a los jueces y tribunales civiles, lo que también es una de las novedades respecto al texto inicial, introducida en el Congreso de los Diputados antes de la disolución de las Cortes, para garantizar una mayor protección de los clientes financieros.

ESTRUCTURA

Por otro lado, el organismo, que estará adscrito al Ministerio de Economía contará con autonomía e independencia funcional y se financiará, cuando su actividad esté en pleno funcionamiento, a través de tasas recabadas por las reclamaciones admitidas.

A nivel organizativo, contará con un presidente y un vicepresidente que serán nombrados por el Consejo de Ministros por un periodo de seis años no renovable. La autoridad se organizará en direcciones generales y secciones, que serán los órganos colegiados competentes para resolver las reclamaciones. Asimismo, se les dota a los vocales de un “elevado grado de independencia”.

Además, con el objetivo de “garantizar la homogeneidad de criterios en la resolución de las reclamaciones”, se prevé la existencia de plantear una cuestión previa de unificación de criterio que resolverá una sección especial.

Por último, la Autoridad contará con un comité consultivo, que será un órgano de asesoramiento y estará integrado por el presidente y el vicepresidente, además de por doce miembros representantes del Consejo de Consumidores y Usuarios, de las asociaciones representativas de las personas mayores de 65 años, otro en representación de las asociaciones representativas de las personas con discapacidad, las patronales del ámbito financiero y representantes de las comunidades y ciudades autónomas, así como por dos expertos independientes, del ámbito académico, con conocimientos en materia financiera.

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