BRUSELAS, 18 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha considerado este jueves contrario a las leyes comunitarias que una empresa niegue una compensación económica por los días de vacaciones anuales que no haya podido disfrutar un trabajador cuando pone fin voluntariamente a su relación laboral; al tiempo que advierte que tal derecho no puede subordinarse a cuestiones puramente económicas como el control del gasto.
El caso responde a la reclamación de un funcionario italiano que dimitió de su cargo de responsabilidad en un ayuntamiento para acogerse a la jubilación anticipada y solicitó una compensación por 79 días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados.
El ayuntamiento en cuestión negó tal compensación apoyándose en la legislación italiana sobre empleados públicos pero el Tribunal que se ocupa del caso acudió a Luxemburgo porque alberga dudas sobre la compatibilidad de la norma con la directiva europea sobre tiempo de trabajo.
En este contexto, el Alto Tribunal europeo deja claro que el Derecho comunitario “se opone” a una ley nacional que prohíba el pago a un trabajador de una compensación económica por esos días de vacaciones no aprovechados.
El derecho a de los trabajadores a vacaciones retribuidas incluye su eventual sustitución por una compensación económica y ello, advierte el fallo europeo, “no puede subordinarse a consideraciones de carácter puramente económico” como puede ser la contención del gasto público.
Con todo, el TJUE declara que el objetivo vinculado a las necesidades organizativas del empleador público para la planificación racional del período de vacaciones responde efectivamente a la finalidad de la Directiva, que es permitir el descanso de los trabajadores, fomentando al mismo tiempo el disfrute de sus días de vacaciones.
Por ello, precisa la sentencia, el único caso en que la normativa comunitaria recoge la pérdida del derecho a ser compensado por las vacaciones retribuidas no utilizadas se da si el trabajador en cuestión se abstiene deliberadamente de disfrutar de sus días de vacaciones pese a que el empleador le haya animado a hacerlo informándole del riesgo de perderlos tras un plazo determinado.