MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional ha estimado la demanda presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), Comisiones Obreras (CCOO) y UGT sobre la revalorización de las prestaciones recogidas en el plan de pensiones de Iberdrola.
Según se desprende del fallo de la Audiencia Nacional, se ha estimado la demanda al considerar que los planes de pensiones constituyen una modalidad de ahorro distinta de las mejoras voluntarias de la Seguridad Social, y por lo tanto se rigen por las estipulaciones de su propio reglamento.
En este sentido, y conforme al propio plan de pensiones de Iberdrola, las prestaciones del mismo deberán revalorizarse con arreglo al IPC real de diciembre de cada año con respecto al del año anterior, por lo que no debe aplicarse el nuevo cálculo de revalorización para las pensiones públicas establecido en la Ley 21/2021.
Iberdrola se había opuesto a la demanda, indicando que existía una falta de “legitimación pasiva de las mercantiles” al señalar que no tiene personas adscritas al plan. Por su parte, CGT pedía la actualización de las prestaciones del 2022 tomándose como referencia el incremento del IPC de un 6’5% y a abonar la diferencia resultante a los afectados.
En la sentencia también se detalla que los planes y fondos de pensiones del sistema de empleo no nacen de la voluntad del empresario, sino de la negociación colectiva como resultado de un acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores.
Desde CGT han valorado positivamente el fallo de la Audiencia Nacional, en “un contexto de crisis” socioeconómica donde las personas pensionistas y las trabajadoras son “las más vulnerables”.